El Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía (CNE), José Venegas, constituyó el nuevo Consejo Consultivo de la Sociedad Civil (COSOC) para el período 2019 – 2020, oportunidad en que abordó la próxima licitación de suministro eléctrico y el proyecto de ley que rebaja la rentabilidad de las empresas de distribución y perfecciona el proceso tarifario de distribución eléctrica.
[Fuente: Comisión Nacional de Energía]
El COSOC de la CNE está conformado por la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (CONADECUS), el Colegio de Ingenieros de Chile A.G., la Facultad de Ingeniería y Ciencias de la Universidad Diego Portales, el Consejo Internacional de Grandes Redes Eléctricas (CIGRE), el Consejo Geotérmico Chileno Asociación, la Asociación Nacional de Empresas de Eficiencia Energética (ANESCO Chile A.G.), la Asociación Gremial de Pequeños y Medianos Generadores (GPM A.G.), la Asociación Gremial de Generadoras de Chile A.G., la Asociación de Empresas Eléctricas A.G., la Asociación de Consumidores de Energía No Regulados A.G. (ACENOR A.G.), la Federación Nacional de Cooperativas Eléctricas (FENACOPEL), la Asociación Chilena de Energías Renovables A.G. (ACERA A.G.), la Asociación de Empresas Distribuidoras de Gas Natural A.G. (AGN) y la Fundación Libertad y Desarrollo.
En esta primera reunión, los miembros del Consejo procedieron a elegir como presidente de la instancia al representante del Colegio de Ingenieros de Chile A. G., Julio Lira.
El Consejo de la Sociedad Civil (Cosoc) para el período 2019 – 2020 de la CNE se formó en el marco de la Ley N°20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública.
Los Consejos de la Sociedad Civil constituyen uno de los diversos mecanismos de participación ciudadana y su principal objetivo es el fortalecimiento de la sociedad civil y control ciudadano a través del acompañamiento consultivo a la Comisión Nacional de Energía en los procesos de diseño, ejecución y evaluación de sus planes, políticas y programas.
Este Consejo está conformado de manera diversa, representativa y pluralista, y el período de la designación de los integrantes es de dos años, con derecho a repostulación para la siguiente convocatoria.
El Consejo sesionará como mínimo cinco veces en el año calendario.
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