editorial
01/10/2019

Hacia un esquema de servicios competitivos en baja tensión

[EDITORIAL]  La transformación ocurrida en los últimos años en el sector eléctrico, desde las fuentes de generación hasta los modos de consumo, plantea la necesidad de buscar nuevas fórmulas que posibiliten la incorporación de tecnologías y servicios de vanguardia, con el fin de desarrollar un sistema seguro, resiliente, de bajas emisiones, de libre acceso, competitivo y eficiente económicamente, entre muchos otros atributos deseables.

 

Hacia un esquema de servicios competitivos en baja tensión

En este contexto, el Ministerio de Energía se encuentra desarrollando propuestas orientadas al perfeccionamiento y reforma del actual esquema regulatorio que rige al segmento de distribución de energía eléctrica en el país. A grandes rasgos, las propuestas se han materializado a través de dos instancias: discusión en el parlamento del proyecto de ley denominado “ley corta de distribución”, y un trabajo prelegislativo y participativo que aborda aspectos mayormente profundos relacionados con las tendencias y el desarrollo de largo plazo de los recursos distribuidos y las preferencias de los usuarios, y por ende de las redes que acogen dichos recursos y habilitan tales preferencias.

En la instancia del proyecto de ley corta de distribución (Boletines refundidos N° 12.567-08 y 12.471-08) se están discutiendo, ya en su segundo trámite legislativo, los siguientes temas: (i) ajuste de la tasa de rentabilid|ad reconocida para la actividad de distribución de energía eléctrica, para que refleje correctamente el riesgo del negocio y entregue una señal eficiente para la inversión; (ii) actualización del proceso tarifario, para determinar de mejor manera los costos eficientes del servicio y disminuir las asimetrías de información, permitiéndose la participación ciudadana en el proceso y creándose un mecanismo de resolución de conflictos; y (iii) actualización de la definición de áreas típicas, incorporando una mejor referenciación, diversidad y particularidades, y una mayor flexibilidad en la determinación de dichas áreas.

Por su parte, en el proceso prelegislativo, cuyo foco apunta hacia una reforma mayor del segmento de distribución (“ley larga de distribución”), el trabajo se ha estructurado en tres temáticas, las que han estado avanzando hacia propuestas más acabadas, si bien aún sin el detalle que permita evaluar correctamente los impactos de cada una de ellas. Estas temáticas son (i) la planificación y valorización de activos de distribución eléctrica, cuyos contenidos también contemplan aquellos que se discuten en la ley corta de distribución [1]; (ii) los nuevos actores y roles, y (iii) el diseño de los cargos de distribución.[2]

Si bien hemos seguido de cerca el avance de todas las propuestas presentadas por el Ministerio en el trabajo prelegislativo, nos hemos enfocado especialmente en aquellas que tienen un efecto o impacto en la actividad que realizan las empresas de generación de energía eléctrica, la cual incluye la comercialización de electricidad, y por ende en el servicio de suministro eléctrico y las condiciones que reciben los clientes finales (empresas distribuidoras y clientes libres). Con esto en consideración, la temática respecto de la creación de nuevos actores y roles merece nuestra mayor atención. En esta línea, se están desarrollando las propuestas que dan creación al Agente Comercializador y al Gestor de Información Independiente, entre otros [3]. A grandes rasgos las propuestas contemplan lo siguiente:

a. Las actividades de operación de la red de distribución, inversión (y planificación), y mantenimiento de redes de distribución seguirán estando albergadas en la empresa distribuidora y remuneradas de acuerdo a una metodología de valorización por empresa modelo eficiente perfeccionada.
b. La actividad de comercialización de energía a clientes regulados a partir de contratos de suministro provenientes de licitaciones centralizadas, seguirá estando albergada en la empresa distribuidora. La empresa distribuidora no podrá realizar comercialización de electricidad a clientes no regulados salvo aquellos que deba suministrar en su calidad de comercializador de último recurso.
c. Será actividad del Agente Comercializador la comercialización de electricidad a clientes no regulados. La propuesta global apunta a liberalizar paulatinamente el mercado de clientes actualmente regulados dentro de la zona de concesión de las empresas distribuidoras.
d. La actividad de recolección y gestión de las mediciones y su correspondiente remuneración, ya no estará asociada a la empresa distribuidora. A medida que se produzca la transición hacia la medición por medidores inteligentes, el Gestor de Información Independiente estará a cargo de la actividad de recolección y gestión de mediciones.

Sin entrar en los detalles que configurarán las propuestas de creación de los distintos nuevos actores y roles, planteados a la fecha por el Ministerio, la Asociación de Generadoras de Chile considera que dichas propuestas están bien orientadas y que la especificación de cada una de ellas debe continuar en poner énfasis en uno de los objetivos centrales de la reforma, el cual es promover la competencia en la comercialización de la energía a clientes conectados en baja tensión, de modo que ellos puedan capturar las mejores condiciones en las que se traduce esta competencia, y así permitir el desarrollo eficiente de las nuevas tendencias y preferencias de los usuarios de las redes de distribución. En este sentido, es fundamental asegurar el acceso igualitario a la información, con la creación de los mecanismos y la institucionalidad que permita eliminar las asimetrías de información entre los agentes que compiten en la comercialización u otros servicios dentro de la actual zona de concesión de las empresas distribuidoras.


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[1] Se ha indicado, por parte del Ministerio de Energía, que el resultado final de la ley corta de distribución no será un limitante para que los mismos temas se vuelvan a discutir en la ley larga.
[2] Originalmente este trabajo consideró los siguientes 7 ejes temáticos: Definición de la Distribución, Regulación de Nuevos Actores y Roles, Valorización y Remuneración de la Distribución, Definición y Cálculo de Tarifas, Sanciones y Compensaciones, Definición del Operador del Sistema de Distribución, y Planificación de la Red y Coordinación con Actores Interesados.
[3] Como el Agregador de Recursos Distribuidos y el Gestor de Servicios Energéticos.

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