Ley 20.018 o Ley Corta II, publicada el 19 de mayo de 2005, modificó el marco normativo del sector eléctrico con el objetivo de «fortalecer la seguridad del suministro frente a incertidumbres externas en el abastecimiento de combustibles de difícil sustitución inmediata en los mercados internacionales” y estableció que «las concesionarias de servicio público de distribución deberán disponer permanentemente del suministro de energía que, sumado a la capacidad propia de generación, les permita satisfacer el total del consumo proyectado de sus consumidores regulados para, a lo menos, los próximos tres años».
